¿Qué hago si soy contribuyente Prico y todavía no facturo electrónicamente vía OSE?
08/09/2023Sanciones de las Infracciones sobre la presentación de los Libros y Registros Contables
08/09/2023Sunat: ¿Cómo Crear Y Declarar El Libro Electrónico PLE De Mi Empresa?
Descripción
- Los libros electrónicos reemplazaron a los libros manuales. SUNAT ordenó, mediante la Resolución Superintendencia 361-2015, que los contribuyentes deberán entregar información sobre la contabilidad de sus negocios de forma electrónica mediante el PLE (Programa de Libros Electrónicos), una medida obligatoria a partir de este año.
- Conoce cuáles son los negocios que están obligados a cumplir con este cambio y cómo ponerte en línea con ello.
Descripción
Los libros electrónicos son archivos en formato texto que implementó la Sunat para llevar un control y registro de la información contable y tributaria de un negocio.
Para generar un libro electrónico se debe instalar en una computadora el aplicativo desarrollado por la SUNAT: PLE(Programa de Libros Electrónicos).
Al generar un libro electrónico mediante este software, la Sunat podrá validar la información en cualquier momento, lo cual evitará que tengas que hacer numerosas impresiones.
Con esta medida, la SUNAT podrá hacer consultas del comportamiento de años anteriores del contribuyente.
Descripción
Los contribuyentes que están obligados a registrar libros electrónicos en el PLE son los que se encuentran acogidos al régimen general o en el RER, al cual pertenecen las personas naturales, las personas jurídicas sucesiones indivisas y las sociedades conyugales domiciliadas en el Perú que obtengan rentas de tercera categoría que provienen de actividades de comercio y/o industria; los que se encuentran inscritos en el RUC con estado activo y los que han obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre el mes de mayo del 2016 y abril del 2017. En este caso, se debe considerar el equivalente del UIT del año precedente al anterior. En este caso, del 2016: S/. 3950
Están obligados los contribuyentes que han realizado por lo menos una operación de exportación al que se refiere el quinto párrafo o los numerales 4, 6, 9, 10, 11 y 12 del artículo 33 de la Ley del IGV en el período comprendido entre el 1 de setiembre de 2017 y el 31 de diciembre de 2017.
Los que al primero de enero del 2018 se encontraban acogidos al Régimen General, Régimen MYPE Tributario o del RER y estaban inscritos en el RUC con estado activo, también están obligados a cumplir con lo dispuesto por SUNAT.
Recordemos que desde enero del 2014, los contribuyentes del Régimen General con ingresos mayores a 500 UIT (UIT de S/. 3,650) = S/. 1825 vienen registrando, entre julio del 2012 y junio del 2013, sus datos en libros electrónicos.
Hicieron lo mismo, desde enero del 2015, los contribuyentes del Régimen General que ganaron más de 150 UIT (UIT de 2014= S/3 800) durante el 2014 = S/. 570,000.
¿Cómo corregir libros electrónicos 2019?
Evita ser sancionado corrigiendo y enviando tu libro electrónico a la Sunat.
Antes de llenar los libros electrónicos, debes tener en cuenta que hay algunos datos que no pueden corregirse si es que en un principio se omiten o redactan mal.
Esto se cumple en la declaración de facturas, es decir, si te olvidas de declarar una, no podrás revertir el error.
Tampoco podrás corregir el registro de compras anotado sin movimiento y el error en el CUO.
Sin embargo, hay casos en los que la información sí puede corregirse. Gracias a los ‘estados’ o ‘indicadores’ para los registros de compras y ventas que creó SUNAT, podrás solucionar algunos datos erróneos en los siguientes casos:
- Cuando la operación (venta gravada, exonerada, inafecta y/o exportación) corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodo.
- Cuando la operación (venta gravada, exonerada, inafecta y/o exportación) corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodo.
Hay dos estados que permiten realizar correcciones en el registro de ventas. El estado 8 sirve cuando se obvió una operación y el estado 9 cuando se registró erróneamente una operación.
Respecto a los registros de compras, solo se tiene un estado para realizar correcciones. Se trata del estado 9 y se utiliza para rectificar una operación anotada.
¿Cómo generar archivo txt para libros electrónicos Sunat?
El PLE se encarga de validar la información de cada libro electrónico generada en formato txt. Por ello, se dice que este programa no es un software contable, sino un software que valida la información en txt y permite generar un libro electrónico.
A través del PLE también se puede enviar a la SUNAT la declaración informativa denominada ‘Resumen’.
El PLE verifica si los archivos en txt son remitidos a la Sunat.
Para generar el archivo txt que será validado posteriormente en el PLE, debes generar el libro electrónico en formato de texto en tu propio sistema informático .
En ese sentido, el libro electrónico debe seguir la siguiente estructura, según lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 121-2014/SUNAT:
1. Libro Caja y Bancos
3. Libro de Inventarios y Balances
4. Libro de Retenciones incisos e) y f) de Artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta
5. Libro Diario
5A. Libro Diario de Formato Simplificado
6. Libro Mayor
7. Registro de Activos Fijos
8. Registro de Compras
9. Registro de Consignaciones
10. Registro de Costos
12. Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas
13. Registro de Inventario Permanente Valorizado
14. Registro de Ventas e Ingresos
Asimismo, en el Anexo N° 2 se tiene que consignar la información sobre:
» Estructuras e información de los Libros y/o Registros Electrónicos «
» Reglas generales de la información de los Libros y Registros Electrónicos »
» Reglas generales de la información de los comprobantes de pago y/o documentos»
Los contribuyentes que deban registrar información contable de antes del 8 de febrero del 2016, deberán utilizar esta estructura.
Otras consideraciones que debes tener en cuenta al momento de redactar el libro electrónico es que las cifras de dinero deben estar en moneda nacional y las palabras en castellano.
Se deben considerar los asientos de ajuste, reclasificación o rectificación que correspondan.
También se debe usar un Plan Contable General vigente.
El libro electrónico debe ser firmado por el deudor tributario y por el Contador Público Colegiado. En el caso del Libro de Inventarios y Balances, debe hacerse lo mismo mediante la clave SOL.
Se tienen que usar los tipos de comprobantes de pago o documentos previstos en la Tabla 10 de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006-SUNAT y normas modificatorias.
¿Cómo generar archivo txt para libros electrónicos Sunat?
Para registrar un libro electrónico primero debes descargar del portal de la Sunat el Programa de Libros Electrónicos (PLE), el cual está disponible para Windows, Linux y Mac. Instálalo en tu computadora.
Luego, debes generar en tus propios sistemas informáticos los libros y/o registros (archivos de formato texto) según las estructuras señaladas en el Anexo N° 2 y con los parámetros señalados en las tablas del Anexo N° 3 de La Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT y normas modificatorias.
Cuando tengas escrito el libro electrónico, procede a validar su contenido en el PLE. Si está conforme, se generará automáticamente un archivo denominado ‘Resumen’.
Este archivo debe enviarse a la SUNAT mediante el PLE. Para ello, te solicitarán tu clave SOL.
Después de que lo envíes, la SUNAT generará una constancia de recepción, la cual detallará la fecha y hora de recepción, y la firma electrónica de al SUNAT.
Finalmente, esta constancia de recepción debe ser guardada junto con el archivo validado en formato texto (txt) que contiene la información del libro electrónico correspondiente.
Los contribuyentes principales deberán almacenar un ejemplar adicional en otro domicilio distinto a su dirección fiscal, el que debe comunicar antes de la generación de su primer libro electrónico.
Fuente: larepublica.pe
Consultas solventadas
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- Unidades Impositivas Tributarias (UIT)
- Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT)
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